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Patente europea con efecto unitario (PEEU)

por | Nov 28, 2022 | PATENTES

Patente europea con efecto unitario (PEEU)

Planificada entrada en vigor: 1 de abril de 2023

 

Patente europea con efecto unitario (PEEU)

Una vez concedida la Patente europea, junto con el sistema clásico de solicitud de protección de manera individualizada en los países de interés (mediante validaciones individuales), se incorpora la posibilidad de solicitar protección unitaria de forma conjunta en una pluralidad de países a través del instrumento de Patente europea con efecto unitario o Patente Unitaria.

PEEU no es una patente de la Unión Europea, aunque sí designa un bloque de 17 países que forman parte de la Unión Europea. Constituyendo la PEEU de facto, un conjunto de 17 patentes con idéntico efecto unitario (esto es, con protección igual y uniforme en todos esos países).

Dichos países son: Alemania, Bélgica, Bulgaria, Dinamarca, Estonia, Francia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Austria, Portugal, Eslovenia, Finlandia, Suecia.

España no forma parte del sistema.

Se podrán unir más países en el futuro.

PEEU solo puede ser limitada, transferida, revocada o declararse su caducidad en relación con todos los países participantes.

En materia de transferencias y licencias, la PEEU sólo se podrá transferir en su totalidad. Sin embargo, será posible licenciarla con respecto a la totalidad o sólo alguno de los estados miembros participantes.

Seguirá existiendo la posibilidad de validar la Patente europea según el sistema actual (un conjunto de patentes validadas en los países de interés).

De este modo será posible solicitar la Patente Unitaria y en los demás países (no miembros) proceder con las “validaciones clásicas”. También será posible proceder únicamente con las “validaciones clásicas” (incluso en los países participantes en el sistema de PEEU).

 

Tribunal Unificado de Patentes (TUP) – tribunal especializado para resolver disputas de patentes.

Aplicable a los países participantes en el sistema de PEEU.

Será aplicable a las PEEU, pero también aplicará a las solicitudes de Patente europea en trámite y Patentes europeas clásicas validadas en cualquiera de los 17 países citados con anterioridad (en este último caso, el TUP conviviría con los sistemas jurisdiccionales nacionales de dichos países).

PEEU estará sometida en exclusiva a la jurisdicción del TUP para las acciones de infracción y revocación de la patente, incluidas las medidas cautelares y las solicitudes de sentencias declaratorias de no infracción.

Las sentencias del TUP tendrán efecto en los 17 países participantes (cesación, etc.).

 

Entrada en vigor: planificada para el 1 de abril de 2023

Pendiente de que Alemania ratifique el funcionamiento del TUP. Una vez ratificado, se iniciará “SUNRISE PERIOD”.

“SUNRISE PERIOD”: inicio planificado para 1 de enero de 2023

 

Importancia de “SUNRISE PERIOD”:

Es importante el “sunrise period” porque durante el mismo se abren las siguientes vías de actuación:

  • OPT-OUT
  • Solicitud de demora de la publicación de la concesión de la Patente europea (PE).
  • Solicitud anticipada de Patente Unitaria.

 

OPT-OUTposibilidad de optar a no estar sometido a la jurisdicción exclusiva del TUP.

El periodo preferible para hacerlo es el “SUNRISE PERIOD”.

Se requiere presentar una petición ante el Registro del TUP.

Según las previsiones actuales, las solicitudes de opt out serán masivas ante la incertidumbre de cómo funcionará el TUP.

Hay que tener en cuenta que las Patentes europeas actuales en trámite y las concedidas y validadas en los países arriba designados, serán sometidas al TUP (a partir del 1 de abril del 2023). Es por ello que, los propietarios deben decidir, preferiblemente durante el “SUNRISE PERIOD”, si desean desligarse de la jurisdicción del TUP (es decir, ejercitar el opt-out).

Una vez efectuado el opt-out, se puede pedir la revocación del mismo (mediante el opt-in), pero ya no se podría volver a ejercitar el opt-out. Además, no se podrá revocar el opt-out (mediante el opt-in) si la patente ha sido objeto de un litigio ante un tribunal nacional, aunque éste haya sido resuelto.

Razones para solicitar o no OPT-OUT:

Pro OPT-OUT Contra OPT-OUT
–    Evitar riesgo de un ataque central de nulidad ante el TUP.

–    Demanda nacional puede ser suficiente para evitar una infracción (litigio nacional más económico que el TUP).

–    El multilitigio puede ser estrategicamente más ventajoso frente a ciertos demandados.

–    Incertidumbre respecto a la calidad del TUP.

–      Cuando la validez de la patente sea sólida.

–      Rapidez en obtener sentencia (1 año).

–      Necesidad de demandar en varios paises participantes (multilitigio).

 

Un requisito absoluto para la validez del opt-out es que no exista litigio pendiente ante el TUP. Por tanto, es aconsejable la presentación anticipada del opt-out durante el período “SUNRISE” para evitar que se inicie una acción de nulidad (o de otro tipo) ante el TUP, anulando así cualquier posible solicitud de opt-out con posterioridad al inicio del litigio.

 

Si se desea solicitar la protección unitaria (Patente Unitaria) se deben tener en cuenta las siguientes facilidades disponibles para las Patentes europeas actualmente en trámite y próximas a la concesión:

 

Solicitud de demora de la publicación de la concesión de la Patente europea (PE)

Para las solicitudes en las que se haya recibido la comunicación de la Regla 71(3) CPE (Intention to grant), y no se haya aprobado el texto que se pretende conceder.

La solicitud demorará la publicación de la concesión para que se publique tras la entrada en vigor del sistema de patente unitaria y, por lo tanto, se pueda pedir el efecto unitario para esta patente.

 

Solicitud anticipada de Patente Unitaria

Para las solicitudes en las que se haya recibido la comunicación de la Regla 71(3) CPE (Intention to grant).

La EPO guardará esta solicitud anticipada y registrará el efecto unitario automáticamente cuando entre en vigor el sistema

Es conveniente solicitar en paralelo la demora de la publicación para evitar que la concesión se publique antes de la entrada en vigor de la PEEU.

Si se solicita el opt-out de una solicitud de patente y después se designa la PEEU, la solicitud de opt-out se considera retirada.

 

Decisiones estratégicas para el titular de la patente:

  • Solicitar o no el opt-out
  • Designar o no la PEEU

 

Solicitud de patente europea con efecto unitario (PEEU)

Requisitos básicos:

Se requiere solicitar la PEEU en el plazo de 1 mes después de la concesión de la Patente europea.

Se debe proporcionar una traducción de la patente al inglés (si el idioma de la patente no era el inglés) o en cualquier otro idioma de la UE (si el idioma de la patente era el inglés) junto con la petición de registro del efecto unitario.

Es imposible dar un consejo general sobre el opt-out o la solicitud de protección unitaria, ya que tal decisión dependerá de factores que deben evaluarse caso por caso.

Quedamos a vuestra disposición para responder cualquier duda y de cara a las futuras gestiones a realizar (opt-out, solicitud de efecto unitario, etc.).

 

MASLANKA & Co. Patentes y Marcas

 

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